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El TSJ da la razón a Ciric en su litigio contra el Real Valladolid

Dragan Ciric, durante un partido con el Real Valladolid en octubre de 2001.
Dragan Ciric, durante un partido con el Real Valladolid en octubre de 2001. / Gabriel Villamil
  • El exfutbolista serbio aún reclama al club 130.000 euros por intereses y costas, tras un largo proceso judicial iniciado en el año 2003

Los goles que no anotó Dragan Ciric como jugador del Real Valladolid los marca ahora en los tribunales contra el club al que perteneció entre los años 2000 y 2004. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) ha dado la razón al exfutbolista serbio en su reclamación contra la entidad de Zorrilla, en un largo y farragoso proceso judicial que comenzó en el año 2003, cuando Ciric aún vestía la zamarra blanquivioleta. El Real Valladolid adeuda al exjugador 130.153,53 euros en concepto de intereses de demora y costas procesales, después de haberle abonado ya 97.517,80 euros por este concepto.

La sentencia de la Sala de lo Social del TSJ, firmada por la magistrada Susana María Molina Gutiérrez, permite repasar los pormenores del litigio entre las dos partes.En ella se recoge cómo Dragan Ciric firmó un contrato con el Real Valladolid el 7 de julio de 2000, con vigencia para cuatro campañas, y con una retribución de 676.138,62 euros por temporada. Ignacio Lewin ocupaba entonces la presidencia del Real Valladolid.

Ciric no cobró las retribuciones pactadas, interpuso demandas ante los Juzgados de lo Social número 2 y 3 de Valladolid y, en un acto de conciliación, el club admitió las deudas con el futbolista serbio por valor de 426.718,59 euros, 597.560,11 euros y 530.003,80 euros.

El Real Valladolid incumplió el acuerdo conciliatorio y los dos juzgados de lo Social decretaron el embargo de bienes y derechos del club con tres autos dictados entre noviembre de 2003 y mayo de 2004, cuando Carlos Suárez ya ocupaba el cargo de presidente en la entidad blanquivioleta.

El acuerdo de 2004

El Real Valladolid y los abogados de Ciric llegaron a un acuerdo transaccional (contrato entre las dos partes) en julio de 2004 que permitió al club sortear la amenaza de los embargos. Ese acuerdo privado contemplaba el abono de las cantidades con pagarés del Real Zaragoza y del Sevilla. Ciric cobró el último de esos pagarés el 30 de septiembre de 2007.

En 2005, el representante legal de Ciric presentó tres escritos solicitando los intereses y costas de las tres cantidades que el Real Valladolid no había abonado en la fecha prevista. El club no impugnó esta reclamación. Los juzgados de lo Social dictaron tres autos aprobando la tasación de costas y liquidación de intereses por valor de 77.560,19 euros, 52.593,34 euros y 97.517,80 euros respectivamente.

El Real Valladolid entendió que esas cantidades estaban fuera del acuerdo, pero los juzgados las dieron por buenas y practicaron diligencias de embargo. El club impugnó las resoluciones y se remitió al acuerdo transaccional entre las dos partes de 2004, donde no se especificaba nada sobre intereses y costas procesales.

Un recurso de suplicación del Real Valladolid fue estimado parcialmente en enero de 2009 y dejó sin efecto la suspensión de los derechos federativos del club y la prohibición de tramitar nuevas licencias de jugadores que reclamaban los abogados de Ciric, entre otros embargos. En cambio, el TSJ ya desestimó entonces lo relativo a los intereses y las costas.

El Real Valladolid presentó una demanda contra Ciric en abril de 2009 para que cejara en su empeño de reclamar los 227.671,33 euros de intereses y costas, pero, a pesar de todo, abonó una de las cantidades que reclamaba el exfutbolista (la que ascendía a 97.517,80 euros). Tras el pago, el Juzgado de lo Social número 3 levantó los embargos y archivó su ejecución en noviembre de 2009, pero los abogados de Ciric reclamaron la liquidación de las otras dos cantidades (por un valor conjunto de 130.153,53) y los dos recursos de reposición fueron estimados.

En marzo de 2011 se celebró un acto de conciliación que no prosperó y el Real Valladolid, a través del abogado Agustín Amorós, presentó un recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TSJ, que ha fallado ahora en contra de los intereses del club blanquivioleta por tercera vez sobre el mismo asunto (ya existían sentencias previas del mismo organismo de los años 2009 y 2010).

«Intereses irrenunciables»

La magistrada Susana Molina argumenta en el último fallo que el Real Valladolid pudo haberse opuesto en el momento oportuno a la reclamación de los intereses y costas, pero no lo hizo, y que en el acuerdo transaccional entre Ciric y el club de 2004 «en modo alguno representa la renuncia del trabajador a la satisfacción de unos intereses y costas que se devengan por ministerio de la ley y que resultan irrenunciables».

La entidad blanquivioleta ya ha presentado un recurso de casación para agotar la vía en el Tribunal Supremo. El ‘caso Ciric’ continúa abierto once años más tarde.