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Un cámara de Mediapro, en el estadio José Zorrilla en 2009 Gabriel Villamil
La Audiencia Nacional condena a Mediapro como responsable solidaria de una deuda del Real Valladolid

La Audiencia Nacional condena a Mediapro como responsable solidaria de una deuda del Real Valladolid

El operador televisivo debe pagar a Hacienda 632.471,34 euros por hacer caso omiso de los embargos que pesaban sobre el club en 2010

Arturo Posada

Valladolid

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Jueves, 3 de mayo 2018, 09:47

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La empresa Mediapro tendrá que abonar a Hacienda 632.471,34 euros como responsable solidaria de una deuda del Real Valladolid. Así lo ha confirmado la Audiencia Nacional en una sentencia que desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el operador televisivo contra la decisión del Tribunal Económico-Administrativo Central.

Los hechos se remontan al 13 de diciembre de 2010, antes de que el Real Valladolid entrase en el concurso de acreedores. El club blanquivioleta tenía las cuentas embargadas en ese momento debido a las deudas con la Agencia Tributaria y Mediapro recibió la advertencia de que debía abstenerse de efectuar ingresos al Real Valladolid (hasta alcanzar el importe de 1.350.581,80 euros) ya que, en el caso de hacerlo podría ser considerada como responsable solidaria de las deudas de la entidad. Sin embargo, la empresa no atendió a estos requerimientos y abonó en una cuenta del Banco Gallego tres pagos de 210.823,78 euros los días 25 de enero, febrero y marzo de 2011, en virtud del contrato televisivo firmado con el club en 2007. Esto inició un litigo entre Mediapro (cuyo nombre completo es Mediaproducción SLU) y Hacienda. La Delegación de Castilla y León de la Agencia Tributaria determinó el 25 de enero de 2013 que Mediapro debía responder como responsable solidaria de la deuda y el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) falló en el mismo sentido el 29 de septiembre de 2016.

Mediapro argumentó en su recurso ante la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional que estaba obligada a efectuar los pagos al Real Valladoid en virtud del contrato televisivo firmado el 18 de julio de 2007 y que, en cualquier caso, la diligencia de embargo había quedado levantada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valladolid el 4 de abril de 2012, cuando el club ya se encontraba en proceso concursal para evitar la asfixia económica de la entidad blanquivioleta, y la posterior liquidación. Mediapro también arguyó que la cuenta del Banco Gallego donde efectuó los pagos se econtraba bloqueada «en tanto no se cumpliesen las condiciones pactadas» y que «en todo momento» mantuvo «una actitud colaboradora con la Agencia Tributaria». Igualmente, Mediaproducción SLU considera que el importe reclamado por valor de 632.471,34 euros entra dentro del importe total que el Real Valladolid adeudaba a Hacienda (44.194.124,08 euros), según se recogió en la lista de acreedores. Además, entendía que la Agencia Tributaria cobraría dos veces la misma cantidad una vez alcanzado el acuerdo singular para abonar los pagos entre el club y Hacienda tras el proceso concursal.

La Abogacía del Estado contraargumentó al señalar que el concurso de acreedores no podía ser invocado ya que se declaró con posterioridad a los hechos (el Real Valladolid entró en el proceso concursal el 30 de diciembre de 2011 y la cantidad reclamada se pagó en los tres primeros meses de 2011) y que Mediapro carecía de competencias judiciales para decidir si el embargo era correcto o no.

La Audiencia Nacional ha atendido a estos últimos razonamientos, ha desestimado el recurso planteado por Mediaproducciones SLU y confirma la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central que obliga a pagar al operador televisivo un total de 632.471,34 euros. La sentencia puede ser recurrida ahora en casación ante el Tribunal Supremo.

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